En días pasados La Junta Directiva de la Asociación Sindical de Profesores Universitarios ASPU, a través de petición formal, solicitó al Rector de la Universidad del Atlántico, Carlos Prasca, un informe Oficial sobre el estado de la vinculación contractual de los Docentes catedráticos y Ocasionales de todas las facultades de la Universidad del Atlántico.
El Rector Carlos Prasca en respuesta a la solicitud de los docentes manifestó que «los docentes ocasionales no son empleados públicos, ni trabajadores oficiales, sus servicios serán reconocidos mediante resolución».
De la misma manera resalto que las resoluciones de nombramiento de docentes ocasionales se encuentra acorde con lo establecido en el articulo 1 del Decreto Ley 1647 de 1967 .
Igualmente el rector de la Uniatlántico, Carlos Prasca, manifestó que actualmente la universidad está culminando el segundo semestre de 2018, por lo que solo se contrataron los docentes que se necesitaban para finalizar dicho periodo.
Precisó que las contrataciones de todo el cuerpo de docentes se hará antes de abril, mes en el que comenzará el primer semestre de 2019.
Nuestra organización Sindical rechaza desde todo punto de vista los argumentos jurídicos expuestos por la rectoría de la Universidad del Atlántico, pues consideramos que atentan contra los derechos laborales de los docentes y la autonomía universitaria, aunado a que la norma invocada por el señor rector (Ley 647 de 1967) en su pronunciamiento oficial, no es aplicable a la universidad del Atlántico y menos para desconocerles salarios y prestaciones laborales a los docentes catedráticos y ocasionales, razón por la cual estamos adelantando junto a nuestros abogados asesores las respectivas acciones jurídicas.