RETIRO DE PREPENSIONADOS Y DISFRUTE DE LA PENSIÓN A PARTIR DE LA EDAD DE RETIRO FORZOSO
SINTRADEUA INFORMA: El Parágrafo del articulo 150 de la Ley 100 del 23 de Diciembre de 1993, reza de la siguiente manera: «PARÁGRAFO: No podrá obligarse a ningún funcionario o empleado público a retirarse del cargo por el solo hecho de haberse expedido a su favor la resolución de jubilación, si no ha llegado a la…

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