Por. Gaspar Hernández Caamaño.
– Hasta dónde El Derecho debe ceder a La Política de ideologías e intereses?.
Barranquilla.- La elección de un rector titular para la Universidad del Atlántico, la única pública de Colombia sometida al Régimen de Quiebra desde el 2006, esta como para un guión del popular y celebre actor mexicano Mario Moreno, «Cantinflas», pues es un «sube y baja».
En días pasados todo estaba dispuesto para que un biólogo lograra los cinco(5) votos necesarios, para asumir el ambicionado cargo, al que aspiran también un economista y un bioquímico. Pero el representante del Comité Intergremial del Atlántico, ante el Superior, un publicitado abogado de empresas, fue recusado por el candidato economista. Y ahí fue «Troya», mejor dicho se armó «La Gorda», manito.
Suspendida la actuación administrativa de elección, como manda la Ley (art. 12 del CPACA), esta se reanudó tres días después, ya que el recusado debía expresarse sobre el impedimento formulado en contra de su representación. Como recordaran el avezado docente y litigante había manifestado, en las páginas del diario donde es un leído columnista, que él creía estar parcialmente impedido, pero que podría votar en favor o en contra de los otros dos postulados.
Esa singular declaración ya la comente y creo que acerté, pues el susodicho fue excluidos, con seis(6) votos en su contra, de la agitada actuación, donde esgrimió otro argumento, ahora en escrito de sesudo contenido, afirmando que él, intuito personae, no era el demandado, sino el Comité que lo había elegido, fraudulentamente, como sentenció un juez administrativo. Y por lo tanto él podía elegir. Pero sus «colegas de actuación» no tragaron el anzuelo y le pusieron «roja» para esa final de infarto.
Pero ahora se publica, por redes, prensa y radio, que el Presidente de la demandada Intergremial, un señor como el «Enmascarado de Plata», ordenara de urgencia una Asamblea de miembros, para estudiar cambiar al abogado de marras. Y designar un nuevo representante que pueda votar en la elección del rector en propiedad. Este audaz argumento, respaldado por el Señor Alcalde Mayor (ver El Heraldo del jueves 11, pag 4A) y, sin duda, alimentado por el que preside el organismo universitario, amen de pueril es una falacia, argumento de autoridad, para mantener esperanzados a propios y extraños. Y que la institución se mantenga en su marasmo administrativo. Sin auténtico liderazgo ningún proyecto sale adelante.
Dónde esta la falacia, afirmación falsa con apariencia de verdad?. Véanla: En su comunicación al Superior, la cual leí con sumo cuidado, pues siempre conservo el ánimo de re-educarme con «maestros», el recusado afirma, sin estupor, que la causal alegada no existe. Y concluye con una alegación de necio, así:
«…el señor Castillo no instauró demanda en contra del suscrito, sino contra el acta de fecha 17 de Junio de 2015, que fue expedida por el Comité Intergremial e Interempresarial(sic) del Atlántico, que es una persona jurídica de Derecho Civil, con carácter de Asociación Gremial, de naturaleza privada y de interés general, autónoma, apolítica, sin ánimo de lucro, constituida y regida por las Leyes Colombianas, y conformadas por agrupaciones de la producción debidamente constituidas, empresas productivas y organizaciones no gubernamentales».
UNA PERLA JURÍDICA, mi hermano. Con esa cacumen sería Consejero de Estado y no de una Universidad Regional, donde todavía se cree en fantasmas intelectuales.
Pero entonces si lo demandado, en un proceso contencioso administrativo aún en trámite de segunda instancia, es el acto o acta del Comité Intergremial del Atlántico, cómo puede este conspicuo Comité volver a elegir un nuevo representante o delegado, para que única y exclusivamente participe en la anunciada sesión del Consejo Superior donde se espera se designe nuevo rector?
Elemental, mi querido Watson. NO PUEDE. Razón?. El proceso judicial o pleito esta pendiente de fallo definitivo. Todavía no es cosa juzgada. Y entonces la recusacion se mantiene, ya que ante la jurisdicción de lo contencioso solo se atacan, por los medios de control legal, actos, hechos u omisiones administrativas, plasmadas en actos y actuaciones. Es decir no se demandan personas naturales como individuos como tal, sino las actuaciones de entidades públicas o privadas que presten servicio públicos.
Creo que eso no admite hesitación hermenéutica mayor. Pero como estamos perplejos ante tantas «triquiñuelas» de tinterillos de esquinas, es menester, para mayor claridad, que el Intergremial contrate a un profesor de Interpretación y Argumentación Jurídica, suficientemente acreditado, yo recomendaría al profesor español Manuel Atienza, quien recientemente visitó Bogotá, para que les ilustre, ya que «La Plata» no siempre es sinónimo de inteligencia.
El Derecho no siempre puede subordinarse a la política de marquillas electorales o de ideologías de plantones y griterías. Hoy el Derecho es argumento. Y a quien la naturaleza no lo dotó de sapiencia, la Universidad del Atlántico no se la puede prestar, así hagan parte de su Consejo Superior, ya que esa no la venden ni en el «Centro Cívico», ni se aprende trinando. La prudencia conceptual esta en los libros y hay que leerlos y estudiarlos.
Mientras el actual representante del Intergremial, ahora lo llaman «El recusado», no renuncie a su nombramiento, ambos espurios a mi entender, este Comité de «Prohombres» NO PUEDE DESIGNAR OTRO, ya que tendría dos y eso violaria la Ley Especial que regula la Educacion Superior. Y mientras el proceso judicial entre el Intergremial y el exector-candidato siga, la causal de recusación alegada, objetivamente, seguirá vigente, amen que el demandante decida renunciar a la candidatura que tantos desvelos le ha provocado. O sea ese asunto «sube y baja».
Es preciso puntualizar que el recusado es un servidor público, así provenga del cómodo sector privado, cada vez que se siente a sesionar en el Consejo Superior de la Universidad del Atlántico. Ahí ni es el representante del sector productivo, sino un Consejero de la Universidad del Estado, que presta el servicio público de Educación Superior. Por tanto se le aplica el régimen de inhabilidades, conflictos de intereses, impedimentos y recusaciones contemplados en las leyes nacionales.
Lo único a sugerir, con el mayor respeto, a los actores de este melodrama, es que sean cuerdos. Y piense que esa institución merece mejor suerte. Por favor dejen atrás las apetencias de un falso poder y concéntrense en el porvenir de miles de familia que solo sueñan con tener un hijo o hija en la Universidad del Atlántico, pero no la de Suan.
Intuyo que están sueltos unos cabos. Pero a propósitos los dejo así para en otra ocasión hacerle el debido amarre. Por el Derecho es como el mar: va y viene.