{"id":3055,"date":"2016-11-09T14:19:35","date_gmt":"2016-11-09T19:19:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.sintradeua.org\/home\/?p=3055"},"modified":"2016-11-09T14:25:43","modified_gmt":"2016-11-09T19:25:43","slug":"comite-intergremial-elige-nuevamente-a-cesar-lorduy-para-consejo-de-uniatlantico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/comite-intergremial-elige-nuevamente-a-cesar-lorduy-para-consejo-de-uniatlantico\/","title":{"rendered":"Comit\u00e9 Intergremial elige nuevamente a C\u00e9sar Lorduy para Consejo de Uniatl\u00e1ntico"},"content":{"rendered":"<div class=\"summary desktop\" style=\"text-align: justify;\">\n<img data-recalc-dims=\"1\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/intergremialatlantico.com\/sites\/default\/files\/styles\/news_main\/public\/field\/image\/adopcion-pot.jpg?w=640\" alt=\"Resultado de imagen para COMITE INTERGREMIAL DEL ATLANTICO\" \/><br \/>\nLa elecci\u00f3n del abogado hab\u00eda sido anulada la semana pasada por el Juzgado 11 Administrativo de\u00a0Barranquilla.\n<\/div>\n<p><!--more--><\/p>\n<div class=\"description\" style=\"text-align: justify;\">\nEl abogado C\u00e9sar Lorduy fue elegido nuevamente este martes en horas de la tarde como representante del sector productivo ante el Consejo Superior de la Universidad del Atl\u00e1ntico (UA).<br \/>\nEl Juzgado 11 Administrativo Oral de Barranquilla declar\u00f3 la semana pasada nula la elecci\u00f3n de Lorduy porque no fue elegido por la mayor\u00eda absoluta de los miembros del Comit\u00e9 Intergremial del Atl\u00e1ntico. Deb\u00eda ser elegido por siete votos y solo tuvo cinco, seg\u00fan el fallo.<br \/>\nEl abogado hab\u00eda sido designado como consejero el 15 de julio del a\u00f1o pasado y se posesion\u00f3 el 29 del mismo mes.<br \/>\nA la sesi\u00f3n del Comit\u00e9 de este martes asistieron 14 representantes de los gremios, y la decisi\u00f3n de apoyar a Lorduy, seg\u00fan cont\u00f3 el presidente de la agremiaci\u00f3n, Edgardo Sojo, fue \u201cun\u00e1nime\u201d.<br \/>\n\u201cTuvimos una reuni\u00f3n de junta directiva, donde se propuso la elecci\u00f3n de Lorduy en el Consejo de la Universidad del Atl\u00e1ntico. Lo ratificamos entre todos\u201d, precis\u00f3.<br \/>\nEdgardo Sojo asegur\u00f3 que este mi\u00e9rcoles notificar\u00e1n la decisi\u00f3n al gobernador Eduardo verano, a la Universidad del Atl\u00e1ntico, al Ministerio de Educaci\u00f3n a la Presidencia de la Rep\u00fablica.<br \/>\nSojo asegur\u00f3 que el Comit\u00e9 Intergremial \u201cha sido y es el representante del sector privado\u201d ante el Consejo de la UA. Con esto, descart\u00f3 que haya inconvenientes con esta designaci\u00f3n, luego de que la semana pasada el Comit\u00e9 Intergremial Unidos por el Atl\u00e1ntico (CIUPA) anunciara su intenci\u00f3n de postular un candidato para representarlos en la Uniatl\u00e1ntico.<br \/>\nEl abogado Lorduy respondi\u00f3 ante el nuevo respaldo del Intergremial Atl\u00e1ntico. \u201cRecibo con honor esta nueva designaci\u00f3n, que me compromete una vez m\u00e1s con la Universidad del Atl\u00e1ntico, a la que espero ayudar a impulsar por el camino de la excelencia\u201d.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>GREMIOS ANUNCIAN FRAUDE\u00a0<\/strong><strong>A DECISI\u00d3N\u00a0JUDICIAL SOBRE\u00a0<\/strong><strong>REPRESENTACI\u00d3N\u00a0ANTE EL<\/strong><br \/>\n <strong> CONSEJO SUPERIOR DE LA\u00a0<\/strong><strong>UNIVERSIDAD DEL ATL\u00c1NTICO.<\/strong><br \/>\n<strong>Por. Gaspar Hern\u00e1ndez\u00a0 Caama\u00f1o.<\/strong><br \/>\nTras la decisi\u00f3n del Juzgado Once Administrativo Oral de Barranquilla, de declarar \u00a0nula la elecci\u00f3n, por unanimidad, del\u00a0representante del Comit\u00e9 Intergremial del sector productivo, ante el Consejo Superior de la Universidad del Atl\u00e1ntico, los gremios han anunciado, por intermedio de sus voceros, desatender la sentencia judicial de primera instancia, dictada dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, promovida por un ex rector encargado, ratificando al anulado( \u00e9chate a un costado).<br \/>\nSin que el fallo haya quedado en firme, est\u00e1 en periodo de notificaci\u00f3n a las partes, una de ellas, el Comit\u00e9 Intergremial, ha expresado p\u00fablicamente, que\u00a0 convocar\u00e1 a Asamblea \u00abextraordinaria\u00bb de sus miembros, para \u00abreelegir\u00bb a quien se le acaba de anular su espuria elecci\u00f3n. Y otro gremio, que no es parte del proceso judicial, tambi\u00e9n anunci\u00f3 que solicitara, al Gobernador, se considere su participaci\u00f3n ante el Consejo Superior Universitario.<br \/>\nMientras esto ocurre en las noticias de los medios y redes sociales, no se conoce qu\u00e9 piensa la Universidad, de parte de sus directivas. Si acata el fallo, si lo impugna. O si emotivamente comparte las anunciadas posturas gremiales. Ante el silencio universitario y la desfachatez gremial, creo que es oportuno emitir una opini\u00f3n ciudadana frente a dicho escenario.<br \/>\n1o. LO ORDENADO EN LA SENTENCIA DE INSTANCIA.<br \/>\nPara el an\u00e1lisis de la compleja situaci\u00f3n, es oportuno conocer la literalidad de la parte Resolutiva de la sentencia del Juzgado Once Administrativo, la cual dice:<br \/>\nArt\u00edculo Primero. \u00abDeclarese la nulidad del acto de elecci\u00f3n del Dr. CESAR AUGUSTO LORDUY MALDONADO, como representante de los gremios del sector productivo ante el Consejo Superior de la Universidad del Atl\u00e1ntico, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este prove\u00eddo\u00bb.<br \/>\nArt\u00edculo Segundo. \u00abLA UNIVERSIDAD DEL ATL\u00c1NTICO Y EL COMIT\u00c9 INTERGREMIAL E INTEREMPRESARIAL DEL ATL\u00c1NTICO, DEBER\u00c1N dar cumplimiento a la sentencia con observancia de las previsiones establecidas en los art\u00edculos \u00a0192 a 195 de la Ley 1437 de 2011\u00bb<br \/>\nObs\u00e9rvese, entonces, que en esta situaci\u00f3n judicial la instituci\u00f3n universitaria no es \u00abun convidado de piedra\u00bb. Y la sentencia le creo una obligaci\u00f3n procesal a sus directivos y representantes.\u00a0<br \/>\n2o. LO INFORMADO POR \u00abEL DESCABEZADO\u00bb. \u00a0El mismo d\u00eda en que se conoci\u00f3 en las redes sociales, la noticia judicial en comento, el reconocido jurista Lorduy Mal-Donado, emiti\u00f3 un comunicado p\u00fablico donde inform\u00f3 a sus contactos, el contenido del fallo que lo \u00abdescabez\u00f3\u00bb y lo siguiente:<br \/>\n&#8211; \u00abC\u00e9sar Lorduy deb\u00eda ser elegido por 7 votos. Y solo fue elegido por 5 votos\u00bb. Ello para referirse escuetamente al fondo de la decisi\u00f3n judicial.<br \/>\nY al final agrega: \u00abEl fallo no est\u00e1 en firme o ejecutoriado, ya que contra el mismo, se puede interponer recurso de apelaci\u00f3n y s\u00f3lo ser\u00e1 definitivo cuando el Tribunal Administrativo resuelva dicho recurso\u00bb.\u00a0<br \/>\nEs claro presumir que el \u00abanulado\u00bb( a un lado) Lorduy, como afectado o interesado, apelar\u00eda. Pero a la ma\u00f1ana siguiente, por la radio, expres\u00f3 que no lo har\u00eda; que dejaba esa opci\u00f3n procesal al Intergremial. Es bueno saber que el \u00abanulado\u00bb( a un lado) Cesar Augusto, como sus antecesores romanos, ha dado poder a un colega para que defendiera su elecci\u00f3n en este proceso.<br \/>\nY analizando el comunicado es f\u00e1cil deducir que ni C\u00e9sar Augusto ni los directivos de los gremios productivos SABEN SUMAR pues 7 no es igual a 5. Y para colmo no conocen sus propios estatutos, pues requirieron de la intervenci\u00f3n rogada de un Juez de la Rep\u00fablica (la cosa p\u00fablica), para recordarle que las decisiones de ese \u00absector productivo\u00bb se toman por \u00bb MAYORIA ABSOLUTA\u00bb. Me pregunto: c\u00f3mo pueden ser directivos de una Universidad P\u00fablica unos analfabetas funcionales?. \u00a0Es acaso \u00e9stos el circo romano, Cesar Augusto.<br \/>\n3. LO ANUNCIADO POR EL INTERGREMIAL.<br \/>\nEn El Heraldo del 3 del presente, luego de lo d\u00edas de los \u00absantos inocentes y de los santos difuntos\u00bb, p\u00fablico la noticia bajo el siguiente titular: \u00bb INTERGREMIAL ANUNCIA REUNION PARA REELEGIR CONSEJERO EN U.A\u00bb. Y el subt\u00edtulo dice: \u00bb Presidente del gremio expres\u00f3 la intenci\u00f3n de ratificar a Lorduy\u00bb.<br \/>\nLa fuente period\u00edstica, al parecer, era el se\u00f1or Edgardo Sojo. Y lo digo porque C\u00e9sar Augusto es un destacado columnista de El Heraldo.<br \/>\nSojo, dice El Heraldo, atribuy\u00f3 la decisi\u00f3n judicial a un \u00abtecnicismo\u00bb matem\u00e1tico de no saber sumar. Y declar\u00f3 que la intenci\u00f3n era reelegir al \u00abanulado\u00bb(a un lado).<br \/>\nEntonces, pregunto: \u00a0Sojo conoce, por sus ojos, el fallo?. Se ha notificado del mismo en su condici\u00f3n de Presidente del Intergremial, una parte demandada en ese proceso?. C\u00f3mo se puede anunciar, democr\u00e1ticamente hablando, una elecci\u00f3n del mismo \u00abanulado\u00bb(\u00e9chate a un lado)?. Puede reelegirse a qui\u00e9n nunca se ha elegido, ya que para serlo debi\u00f3 sacar 7 votos y solo logr\u00f3 5 voticos? Por favor Se\u00f1ores del sector productivo sean serios. Serios en el sentido de no anunciar un fraude.<br \/>\n4. LO QUE CONSAGRA EL C\u00d3DIGO PENAL COLOMBIANO.<br \/>\nEl C\u00f3digo Penal Colombiano, en su art\u00edculo 454 establece que:<br \/>\n\u00abEl que por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligaci\u00f3n impuesta en resoluci\u00f3n judicial, incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de uno (1) a cuatro (4) y multa de cinco(5) a cincuenta(50) salarios m\u00ednimos mensuales vigentes\u00bb.<br \/>\nEs claro entonces que tanto el se\u00f1or Sojo como el ilustre jurista Lorduy Maldonado, cuando han consentido lo publicado en el diario El Heraldo, en la noticia que he rese\u00f1ado arriba, la cual no ha sido ni aclarada ni rectificada, lo que anuncian es el incumplimiento de la sentencia del Juzgado Once Administrativo Oral de Barranquilla, dictada dentro de un proceso judicial. Tambi\u00e9n estar\u00edan en dicho incumplimiento los dirigentes del comit\u00e9 de Intergremiales Unidos por el Atl\u00e1ntico, CIUPA, que han informado que ellos elegir\u00e1n un representante para participar en la escogencia del sector productivo del Departamento ante el Consejo Superior de nuestra Universidad estatal.<br \/>\nEsa anunciada conducta de los dirigentes gremiales del Atl\u00e1ntico es punible. Y se denomina legalmente FRAUDE A RESOLUCI\u00d3N JUDICIAL. \u00a0Y toda conducta punible es delictuosa. O sea que los intergremiales est\u00e1n promoviendo, en vez del desarrollo productivo y universitario, el delito. Son esos dirigentes, me pregunto, que merezcan ser directivos de nuestra Universidad estatal?.<br \/>\nLo que hasta ahora hemos conocido por los noticias de diario, radio y redes sociales, es un complot para burlar la ley penal y por ende la confianza de la Universidad del Atl\u00e1ntico, una instituci\u00f3n p\u00fablica sin dolientes, pues en este vergonzoso caso judicial (no saber que 7 es m\u00e1s que 5 y no saber c\u00f3mo se logra la mayor\u00eda absoluta en una decisi\u00f3n de mayor\u00edas), ninguno de sus directivos \u00ableg\u00edtimos\u00bb han dicho \u00abesta boca es m\u00eda\u00bb. Y el silencio frente actos preparatorios de delitos se llama complicidad, o no?<br \/>\nCreo necesario precisar que la sentencia judicial es muy clara al establecer la obligaci\u00f3n de su cumplimiento en los t\u00e9rminos del C\u00f3digo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que presumo no conocen estos dirigentes gremiales ambiciosos de ser directivos de nuestra Universidad p\u00fablica. La ignorancia de la ley no es excusa para violarla o incumplirla.<br \/>\n5. LO QUE ORDENA LA \u00c9TICA CONSTITUCIONAL.<br \/>\nEl respeto a una decisi\u00f3n judicial es un asunto \u00e9tica, am\u00e9n de procesal. Es un asunto de moral administrativa, cuya existencia y garant\u00eda como derecho colectivo est\u00e1n consagradas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica vigente.<br \/>\nPor ello creo, salvo mejor opini\u00f3n, que conocido, procesal y p\u00fablicamente, el fallo judicial que declara nula la elecci\u00f3n del actual representante gremial ante el Consejo Superior de la Universidad del Atl\u00e1ntico, esta decisi\u00f3n debe cumplirse en los t\u00e9rminos de ley una vez que en firme, ya sea en primera o en segunda instancia. Esa es una obligaci\u00f3n judicial impuesta tanto al ente educativo como al gremial.<br \/>\nMientras esos t\u00e9rminos procesales se cumplen leg\u00edtimamente, me pregunto c\u00f3mo debe actuar el anulado(\u00e9chate a un lado) \u00abrepresentante\u00bb?<br \/>\nMi criterio es que no debe seguir ejerciendo funciones p\u00fablicas en ese cargo universitario para cumplir con el principio \u00e9tico constitucional de TRANSPARENCIA y no comprometer futuras decisiones importantes para la vida de la Universidad. Y ello porque su actual credencial est\u00e1 cuestionada en su legitimidad, la cual no se adquiere con una reelecci\u00f3n o una ratificaci\u00f3n por quienes violaron su propia ley, sus estatutos, y ahora anuncian violar la ley penal y administrativa.<br \/>\nPara m\u00ed, si C\u00e9sar Augusto es transparente, que lo creo, debe abstenerse de volver a las sesiones del Consejo Superior. Otra cosa es du libertad de ser Cesar y adem\u00e1s Augusto: Se\u00f1ores Emperadores!!.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n&nbsp;\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La elecci\u00f3n del abogado hab\u00eda sido anulada la semana pasada por el Juzgado 11 Administrativo de\u00a0Barranquilla.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":3057,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"jetpack_post_was_ever_published":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-3055","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/sintradeua.org\/co\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/ttttt.jpg?fit=450%2C300&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/paSj5R-Nh","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3055","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3055"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3055\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3062,"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3055\/revisions\/3062"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3057"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3055"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3055"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintradeua.org\/co\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3055"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}