TRIBUNAL ADMINISTRATIVO ADMITE DEMANDA DE NULIDAD CONTRA EL DEPARTAMENTO, ASAMBLEA Y DISTRITO.

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Por predio del viejo Colegio de Barranquilla de Varones, Tribunal Administrativo del Atlántico, Admite Demanda contra El Departamento del Atlántico, Asamblea Departamental y el Distrito de Barranquilla.

El predio fue donado por el Gobernador del Atlántico, EDUARDO VERANO DE LA ROSA, quitandole un patrimonio fiscal y educativo a la Universidad del Atlántico.

Mediante auto, suscrito por el Magistrado Ángel Hernandez Cano, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, admitió en días pasados, la demanda de Nulidad contra la Ordenanza por la cual, el Departamento, dono en el 2011, el predio donde funciono el antiguo colegio de Barranquilla para varones, al Distrito Especial y Portuario de Barranquilla.

La Demanda fue instaurada a mediados del mes de mayo del presente año por la Universidad del Atlántico, a quien el Departamento y el Distrito, despojaron de dicho bien publico, ubicado en la esquina de la carrera 41 con calle 51, en la sede «20 de julio», del Alma Mater.

El auto admisorio de la demanda, el cual publicamos a continuación, ordena notificar  de la misma, a los actuales representantes legales de estas entidades territoriales, así: El Gobernador del Atlántico, EDUARDO VERANO DE LA ROSA, quien en su anterior administración propuso y celebro la donación; el Presidente de la Asamblea departamental, SERGIO BARRAZA, porque la Donación se hizo por Ordenanza y al Alcalde Distrital de Barranquilla, ALEJANDRO CHAR CHALJUB, quien acepto la Donación y dispuso, mediante orden de policía, la entrega del bien, por la acción de una asociación de exalumnos de dicho colegio, algunos de sus miembros, egresados de la Universidad.

La admitida demanda de nulidad, se fundamenta, en la causa absoluta de nulidad denominada FALTA DE COMPETENCIA, y ella se origina, en que el Gobernador VERANO DE LA ROSA, suscribió y registro en Instrumentos públicos, la escritura de donación, cuando se le habían agotado las facultades PRO TEMPORES, que le había concedido la Asamblea Departamental, para perfeccionar el Contrato de Donación.

Esta situación fue planteada por la Universidad del Atlántico, en la inicial audiencia de desalojo, por el entonces Jefe Encargado de la Oficina Jurídica, el abogado GASPAR HERNANDEZ CAAMAÑO, quien siendo vicerector Administrativo, convenció jurídicamente a la actual rectora encargada para que demandara, luego de que el Distrito recibiera el predio, negándose a reconocer la nulidad planteada en la diligencia policial.

La demanda pretende que se declare la nulidad de la donación y la Universidad rescate ese importante patrimonio, donde se pueda mejorar y ampliar el servicio educativo que se viene prestando precariamente en la Sede «20 de Julio».

La demanda fue presentada por la abogada , Dra. RUTH GARCIA, a quien le reconocen personería jurídica de la Universidad, pero que curiosamente, la entidad educativa no le prorrogo el contrato de prestación de servicios profesionales, muy a pesar de ser una mujer embarazada y según nuestras investigaciones, haber cumplido exitosamente con los casos asignados para su atención profesional, por la oficina jurídica de la Universidad del Atlántico.

El proceso, luego de la admisión de la demanda, esta para notificación a las partes demandadas y que la Universidad deposite la suma de ($100.000.oo) CIEN MIL PESOS para cubrir los gastos del mismo.

Se espera se dicte sentencia muy pronto, pues el debate judicial es eminentemente de interpretación jurídica, sobre el computo de vigencias de las FACULTADES PRO TEMPORE, concedidas al Gobernador de entonces, EDUARDO VERANO, el mismo de ahora. ¿SE DECLARARA IMPEDIDO?

El siguiente es el texto del Auto Admisorio del Tribunal:

auto-admisorio

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