Elevar la edad de retiro forzoso de funcionarios fue una polémica que revivía con cada anuncio de reforma a la justicia. Después de varios años el Congreso logró dejarla en 70 años.
Aumentar la edad de retiro forzoso para altos funcionarios del Estado no es un tema que genere mayor resistencia. Sin embargo, por las coyunturas en que se dieron las iniciativas en que se quiso introducir el tema al ordenamiento jurídico, casi todas en trámites de reformas a la justicia, se terminó convirtiendo en el eje de grandes controversias. Cada polémica venía acompañada de los nombres específicos de los beneficiarios ‘atornillados‘ al cargo.
Esta vez, sin mayores contradictores, el Congreso logró aprobar la Ley que aumenta de 65 a 70 años la edad máxima en que los funcionarios pueden permanecer en sus cargos. Y aunque establece que aplica para quienes actualmente accedan o se encuentren en ejercicio de sus funciones públicas y manifiesten voluntariamente que van a permanecer allí, esta vez se aprobó en los cuatro debates y pasó por sanción presidencial sin inconveniente.
De iniciativa del Centro Democrático, el proyecto de Ley defendió que al cumplir los 65 años las personas tienen todavía mucho que aportar a la sociedad. En esa realidad, dice la exposición de motivos, las capacidades intelectuales no cesan con el paso de los años. Subraya que esta medida ayudaría a aliviar los graves problemas del sistema pensional.
Quienes se han opuesto, consideran que esta medida impide que los altos cargos del Estado se renueven. Sin embargo, la mayor controversia siempre se ha dado alrededor de que una decisión del Congreso termine dirigida a unas pocas personas en los más altos cargos del Estado. En esta ocasión, aunque no saltaron muchos nombres al escenario público, beneficiados sí hay.
En el caso del Contralor Edgardo Maya, la Ley le despeja el camino de cualquier duda jurídica. En los pasillos del Congreso el proyecto fue bautizado como “el articulito Maya”, sin embargo, el Contralor, que cumplió los 65 años el año pasado, niega tener algún interés en la iniciativa. Aunque en octubre la Sección Quinta del Consejo de Estado le dio un alivio temporal no zanjó de fondo la discusión sobre si estaba obligado o no a dejar su cargo.
El alto tribunal falló a favor de Edgardo Maya varias demandas en contra de su nombramiento porque, entre otras, alegaban que en el transcurso de su administración cumplía la edad de retiro forzoso y que en consecuencia se tenía que hacer a un lado. Sin embargo, el Consejo de Estado contestó que en el momento de su designación Maya no contaba con 65 años cumplidos por lo cual no existía un impedimento presente. “Es decir no tiene impedimento presente y menos concurrente, pues no ha llegado a la edad de retiro forzoso al momento de ser elegido o nombrado”, dijo el alto tribunal.
Aunque Maya siempre alegó que el régimen de la Contraloría era distinto al de la Rama Judicial y que por lo tanto a esa entidad no le aplicaba la obligación de retirarse a esa edad, este asunto de fondo no lo tocó la justicia. Y ya no será necesario.
Otros de los más beneficiados de esta medida son los notarios. Seis meses tiene el concurso que renovó la lista de elegibles para notarios en todo el país. Aunque se tenía estipulado que a comienzos del 2017 alrededor de 90 notarios serían relevados de sus cargos por el cumplimiento de la edad de retiro forzoso de 65 años, varios de ellos se podrán quedar un lustro más.
Aunque el Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, se mostró de acuerdo con la Ley, manifestó en su momento ante el Congreso su preocupación por los efectos que tendría en el concurso de notarios. “No estamos en desacuerdo con la Ley, expresé mis reparos porque considero que existía una expectativa legítima por parte de quienes ganaron el concurso, sin embargo, la Superintendencia comienza a aplicar la normativa y quienes antes del 30 de diciembre del 2016 no hubieran cumplido los 65 años podrán quedarse en sus cargos”, indicó.
En efecto, solo serán alrededor de 40 los cambios en las notarías. Por cuenta de la entrada en vigencia de la Ley, quedaron en lista de espera el magistrado del Consejo de Estado Hugo Bastidas, que dejará su cargo en marzo del 2019, y ganó al concurso. También el exmagistrado Jaime Araújo. Aunque ambos pasaron están aún a varios lugares abajo en la lista de elegibles para acceder a notarías nivel 1.
En las altas cortes, la Ley puso a hacer cuentas a varios magistrados. Es el caso del magistrado de la Sección Primera del Consejo de Estado Guillermo Vargas Ayala, quien cumplió los 65 años a mediados del 2016. Aunque se tomó los seis meses de prórroga que tiene por derecho para adelantar los trámites de pensión, estos se cumplieron a mediados de diciembre. Al no quedar cobijado ya se despidió del alto tribunal. En la Corte Suprema, dejó su cargo a mediados del año pasado Fernando Giraldo, magistrado de la Sala Civil, también por el cumplimiento de sus 65 años.
Alcanzó a salvarse el magistrado de la Sección Tercera Hernán Andrade, quien cumplió 65 años este 10 de enero; también el magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia José Francisco Acuña, que acaba de entrar en la Corte y en cuyo despacho se resuelve el caso del magistrado Jorge Pretelt, está próximo a cumplir la edad límite. Del mismo modo, los magistrados del Consejo de Estado Germán Bula y Stella Conto podrán terminar su periodo de ocho años sin verse afectados por el tope que se imponía hasta el año pasado.
La Ley estima que mientras las personas permanezcan en sus cargos están obligadas a seguir contribuyendo al régimen de seguridad social (salud, pensión y riesgos laborales) aunque hayan cumplido su edad de jubilación.
Después de muchas polémicas, el Congreso de la República sacó una Ley sobre una iniciativa que se volvió recurrente cada vez que se hablaba de reforma a la justicia. Y esto representa, para muchos, que Colombia quedó a la vanguardia de tendencias en el mundo que optan por subir las edades para estos cargos.
En Estados Unidos, por ejemplo, los magistrados de la Corte Suprema permanecen de manera indefinida y sin límite de edad; en Chile los jueces y magistrados cesan sus actividades a los 75 años. En Uruguay y Ecuador la edad de retiro forzoso para los funcionarios públicos es de 70 años. En España, aunque en general la edad de retiro es a los 65 años, los profesores universitarios, los magistrados, jueces, fiscales, secretarios judiciales y registradores de la propiedad, tienen señalada la edad de retiro y jubilación a los 70 años.