La provisionalidad en el sector público sigue siendo, hasta hoy, una figura controvertida, y las iniciativas relacionadas con el tema siempre suscitan interés.
Actualmente, cursa en el Congreso una iniciativa que regularía algunos elementos de esta figura. La plenaria del Senado discutirá, en segundo debate, el proyecto de ley 089/14S, que tiene como objetivo la estabilidad laboral reforzada para los servidores del Estado vinculados en provisionalidad en cargos de carrera administrativa.
En palabras del ponente, estos funcionarios se encuentran en un estado de debilidad manifiesta por la provisión de los empleos mediante concurso de méritos. El beneficio de estabilidad aplicaría únicamente a los prepensionados.
Así, los servidores que les falten tres años de edad o de tiempo de servicio para que se les reconozca la pensión de jubilación o de vejez, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 790 del 2002, gozarán de la protección especial propuesta, hasta el día en que sean incluidos dentro de la nómina de pensionados, momento para el cual el cargo podrá ser puesto a concurso.
El proyecto establece que la categoría de servidor público prejubilado solo la tendrá aquel que lleva 10 años con carácter de provisionalidad en el respectivo cargo.
Senado de la República, ponencia proyecto de ley 089/14S, 12/09/15